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Protección del derecho al honor en internet

Protección del derecho al honor en internet

El tiempo de los trolls se puede estar acabando. Es por desgracia bastante usual, el subir un post o una simple foto a un red social o a una web, en la cual se permitan opiniones, y verte contestado (normalmente por perfiles falsos o nombres genéricos) con insultos, calumnias o con intromisiones a tu honor o al de tu familia. No hablo en primera persona, ya que esto le ha ocurrido y le ocurre a muchísima gente. Muchos de estos “valientes”, que no suelen ser más que gente acomplejada en su vida real, y que desatan todos sus frustraciones e ira desde un supuesto anonimato, suelen borrar posteriormente sus comentarios, sobre todo, cuando son advertidos de que van a ser denunciados. Hasta la fecha salvo que se hubiera obtenido un pantallazo (algo que siempre recomiendo) estos individuos procedían a borrar su comentario y hasta ahí quedaba la cosa.

Pues bien afortunadamente la tecnología, que siempre suele ir detrás de los delincuentes, pero siempre acaba alcanzándolos, ya permite a través de una app el localizar dichas entradas borradas y así poderlas aportar como soporte de tu denuncia o demanda. Dicha app ya ha sido admitida por un juzgado español, lo que supone una fantástica noticia, y un primer paso para acabar con la inmunidad de estos indeseables en la red.

Tampoco vamos a engañarnos y pensar que sacar adelante una denuncia por injurias o calumnias es fácil, pero lo que es menos complicado es obtener una sentencia favorable en vía civil y por tanto una condena de la persona que amparada en un supuesto anonimato arremetía sin límite alguno contra tu persona. En dicha vía civil, se conseguirá una indemnización y el plazo de prescripción para interponer la demanda es de 4 años desde que se realiza el comentario que agrede tu honor.

La línea de lesión al honor es muy delgada, regulado en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y regula también la protección a tu imagen y a tu intimidad e identidad. Por poner un ejemplo propio, en un post de mi Facebook (@gabriel.echavarri) hablando sobre el brote de listerosis, una página con solamente 4 seguidores y sin dato alguno identificativo, procedió a comentar la noticia, atacándome personalmente, citando datos personales de mis hijos menores de edad. Inmediatamente (yo si obtuve pantallazo y está denunciado) le comuniqué que iba a denunciarlo ante la fiscalía por haber vulnerado el derecho a la intimidad de mis hijos, y borró el comentario de forma inmediata. Como ya he dicho yo obtuve pantallazo, pero de no haberlo obtenido, esta persona se hubiera permitido la licencia de vulnerar la intimidad de 2 menores sin consecuencia alguna. Ahora gracias a esta herramienta el borrar los comentarios no servirá de nada. Espero que para lo que sirva es para que estos trolls, haters, o en definitiva indeseables, dejen a la gente opinar de lo que uno considere sin riesgo de verse insultado o ver vulnerado su honor o el de su familia.

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/08/29/legal/1567058983_337787.html?fbclid=IwAR3qMBB-5MAu5Zi7pH94R-FS6DcaoQcG38kH4IrX3tfyKw66tZVoJFG4jvY

Gabriel Echávarri

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