En Vidal & Echávarri Abogados contamos con abogados especializados en Violencia sobre las mujeres, con preparación necesaria para comprender las necesidades de las víctimas de malos tratos, realizando un asesoramiento en todas las áreas y desde el primer momento (el momento de interponer la denuncia). Acompañamos a la mujer para solicitar órdenes de protección en los casos en que la misma se encuentre en una situación objetiva de riesgo, solicitando medidas de cautelares de orden civil y penal. La Orden de Protección podrá pedirse bien ante la autoridad judicial o bien ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas. MEDIDAS CAUTELARES DE CARÁCTER PENAL. Consisten principalmente en: La prohibición del agresor a residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o en aquel en que resida la víctima o su familia si fueren distintos. La prohibición de acercarse a la víctima de violencia de género, o aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o tribunal, comprende el acercarse a los mismos en cualquier lugar donde se encuentren, así como a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos. La prohibición de comunicar con la víctima por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual. MEDIDAS DE CARÁCTER CIVIL. Las medidas civiles se solicitarán cuando existan hijos menores o incapaces siempre que no hubieran sido previamente acordadas por un órgano Jurisdiccional Civil y sin perjuicio de las medidas previstas en el artículo 158 del Código Civil. Las medidas Civiles podrán consistir en: Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar. Determinar el régimen de custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos. El régimen de prestación de alimentos. Cualquier disposición que se considere oportuna a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios. Puesto que las medias civiles tienen una vigencia de treinta días, si la víctima lo desea, antes de transcurrir ese plazo, nuestros letrados se encargaran de tramitar el correspondiente procedimiento de separación o divorcio ante la Jurisdicción Civil. Así mismo, asesoramos a la víctima de malos tratos en relación con los organismos o Entidades Públicas a las que deben acudir para solicitar medidas de carácter no judicial, facilitando a las víctimas teléfonos y direcciones dónde dirigirse.