Cuando una persona fallece sin testamento para que los herederos puedan adjucarse la herencia se debe realizar previamente ante notario una declaración de herederos. Básicamente consiste en una escritura donde el notario previa comprobación de lo manifestado por los interesados declara herederos a las personas que ostenten tal cualidad. Hijos, padres, hermanos, sobrinos, etc.

Para realizar la escritura basta con acudir a un notario el domicilio donde falleció la persona a heredar. con la documentación precisa (certificado de defunción del causante, certificado de ultimas voluntades donde conste que no hay testamento, libro de familia y/o partidas de nacimientos y otros) y 2 testigos que puedan acreditar la veracidad de lo afirmado.

Luego hay que esperar 20 días para que la declaración adquiera firmeza y validez.

Con dicho documento ya podemos empezar el proceso de adjudicación de una herencia.

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